Lo esencial en dos fechas
La AEAT mantiene dos fechas de referencia: antes del 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1 que estén dentro del ámbito.
No todo el mundo está en la misma situación
La propia AEAT explica el ámbito mediante varias condiciones. Entre las situaciones que requieren tratamiento distinto están la facturación exclusivamente manual y los obligados al SII. Por eso una lista genérica de “cosas de VeriFactu” puede ser poco útil si antes no se identifica el perfil de la empresa.
Qué conviene revisar
- Quién emite materialmente tus facturas y con qué sistema.
- Qué software y versión utilizas.
- Si el proveedor confirma que la versión estará adaptada.
- Declaración responsable del productor.
- Modalidad VERI*FACTU o no verificable.
- QR y pruebas reales de emisión.
- Qué ocurrirá con versiones antiguas y el histórico.
VERI*FACTU no es lo mismo que “estar adaptado”
Existen modalidades VERI*FACTU y no verificable. La elección de modalidad no elimina la necesidad de que el sistema cumpla los requisitos que correspondan. FacturaReady separa ambas cuestiones para evitar conclusiones demasiado simples.
Qué puede hacer una empresa ahora
En noviembre de 2026, una sociedad que aún no haya confirmado su versión de software debería tratar la revisión como una tarea prioritaria: identificar proveedor y versión, pedir documentación, probar el flujo de facturación y decidir cómo se conservarán los históricos.
Convierte la duda en un plan concreto
FacturaReady cruza tu tipo de empresa, forma de facturar, software, pruebas y documentación para mostrarte qué conviene revisar primero.
Abrir diagnóstico gratuito →Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas tienen que usar VERI*FACTU?
No necesariamente. El RRSIF tiene un ámbito concreto y, dentro de los sistemas adaptados, existen modalidades VERI*FACTU y no verificable.
¿Una SL tiene la misma fecha que un autónomo?
No. La referencia general actual es 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados afectados.
¿Basta con que mi proveedor diga que su programa cumple?
Conviene identificar la versión concreta, la declaración responsable y hacer pruebas reales antes de depender de esa versión para facturar.