Calendario

Fechas de VERI*FACTU y RRSIF: enero o julio de 2027 según tu perfil

La fecha correcta depende del tipo de obligado. Tenerla clara es el primer paso para construir un calendario de adaptación realista.

Actualizado: noviembre 2026Fuentes oficiales AEATDiagnóstico sin registro

1 de enero de 2027

Fecha de referencia para contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades que estén dentro del ámbito de la normativa.

1 de julio de 2027

Fecha de referencia para el resto de obligados del artículo 3.1 afectados, entre ellos muchos autónomos que desarrollan actividades económicas y utilizan sistemas informáticos de facturación.

La fecha no responde por sí sola a “¿me afecta?”

Antes hay que revisar ámbito, exclusiones y forma real de facturar. El calendario sirve después para priorizar acciones.

Plan de 4 pasos

  1. Confirmar ámbito y fecha.
  2. Confirmar software/versión y documentación.
  3. Hacer pruebas de emisión.
  4. Planificar migración e históricos.

Convierte la duda en un plan concreto

FacturaReady cruza tu tipo de empresa, forma de facturar, software, pruebas y documentación para mostrarte qué conviene revisar primero.

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Preguntas frecuentes

¿Todas las empresas tienen que estar listas en enero?

No. Enero es la referencia general para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; el resto de obligados afectados tiene como referencia julio.

¿Puedo probar VERI*FACTU antes de la fecha?

Sí, el periodo previo funciona como periodo de pruebas en los términos explicados por la AEAT.

¿Qué pasa si mi proveedor todavía no confirma versión?

Es una señal para priorizar contacto, alternativas y pruebas, especialmente si tu fecha es enero de 2027.

Fuentes oficiales utilizadas

Importante: contenido informativo. FacturaReady no sustituye el criterio de tu asesor fiscal ni constituye certificación oficial.